Planilla Electrónica PLAME: Qué es y Cómo se Rellena

Los temas fiscales son complejos para todos. Cuando llega el momento de organizar formularios y preparar pagos, es normal estar un poco abrumado.

Pero no te preocupes, en este tutorial te explicamos todo lo que necesitas saber para tramita y descarga tu formulario electrónico PLAME cómodamente desde casa.

hoja de cálculo PLAME

Índice

¿Qué es la nueva hoja de cálculo y cómo funciona?

La nueva planilla PLAME está operativa desde el 1 de agosto de 2011.

Fue creado por la SUNAT para que las empresas puedan realizar sus declaraciones de manera más sencilla a sus empleados a través de medios informáticos.

En concreto, se ha activado este plan para que pueda ser registrar la información de todos los trabajadores que tenemos dentro de una empresa y para y que existe un mayor control sobre las empresas y organizaciones.

Empleadores que:

  • Son responsables de uno (1) o más trabajadores
  • Tener uno (1) o más proveedores de servicios y/o personal de terceros
  • Pagar pensiones de jubilación, indemnizaciones, invalidez y sobrevivencia u otras pensiones, cualquiera que sea el régimen jurídico al que estén sujetas.
  • Contratar un equipo en formación – tipo de formación laboral.
  • Tener uno o más trabajadores o pensionados asegurados por el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Están obligados a hacer una retención de cuarta o quinta categoría
  • Están a cargo de uno o más artistas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley nº 28.131
  • Contrató los servicios de una Entidad Prestadora de Salud o prestó sus propios servicios de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26.790
  • Habrían firmado contrato con Essalud por SCTR
  • Disfruta de estabilidad jurídica y/o fiscal

El Formulario Electrónico se divide en dos partes:

Partes del formulario virtual

  1. El T-REGISTRO (Registro de Información Laboral)
  2. El PLAME PDT (Formulario de Pago Mensual)

A continuación, explicamos lo que necesita saber sobre ambos y partes del proceso.

1. T-REGISTRO: Cómo acceder e iniciar el trámite

T-REGISTRO incluye datos de empleo, seguridad social y otros sobre el tipo de ingresos de los sujetos registrados.

Este es el primer componente de la retroalimentación electrónica.

Como dijimos antes, usamos para registrarnos:

  • trabajadores
  • pensionistas
  • titulares de derechos
  • Modalidad de formación personal (pasantes)
  • personal subcontratado
  • proveedores de servicio

Cómo acceder al T-REGISTRO

Para acceder a la T-REGISTRO se debe ingresar a la opción SOL CLAVE, RUC Y OTROS REGISTROS. Allí veremos las opciones ALTO, MODIFICAR y BAJO.

acceso a registro sunat para tramitar formulario virtual

Cómo descargar PVS T-REGISTER (Programa Validador de la SUNAT)

Para subir información masiva al sistema T-REGISTER debes descargar el Programa Validador de la SUNAT.

Puede descargar el programa a su computadora en este enlace.

¿Qué información debo incluir en mi Declaración Electrónica?

Debe incluir varios datos coincidentes. Pero no te apresures, te las damos numeradas.

Puede descargar el Formulario Virtual con todos los datos e información que debe llenar para registrar a los mencionados, incluido el empleador.

Puede descargar el documento haciendo clic este enlace.

2. PLAN con PDT: Qué es y cómo completarlo

Es información sobre los pagos que tenemos que hacer a nuestros trabajadores.

Es nuestro extracto mensual que le hacemos a la SUNAT a través del programa.

El PLAME se crea obligatoriamente a partir de la información registrada en el T-REGISTRO, con otro programa que debe ser descargado a la computadora.

Descarga el Módulo de Declaración Electrónica

En primer lugar es necesario descargar el Módulo de Declaración Electrónica de aquí.

Este módulo es el que maneja todas las declaraciones que se generan en el PDT, como:

  • El registro de declarantes
  • el generador de transporte
  • El administrador de usuarios, informes y copias de seguridad
  • El actualizador de parámetros.

El módulo es dinámico.. Esto significa que puede incluir diferentes declaraciones.

La versión actual del programa es la 3.7, aprobada por Resolución de Superintendencia N° 025-2020/SUNAT. Su uso es obligatorio a partir del 1 de febrero de 2020.

Descarga la versión 3.7.0.

Importante

Una vez instalado, puede agregar todos los formularios que necesita para declarar.

Tienes acceso a todos este enlace SUNAT.

¿Cuáles son los conceptos que se deben declarar en el PDT?

Los patrones deben presentar en forma consolidada la información de todo tu equipo registrados en el Formulario Electrónico aunque tengan sucursales, agencias, establecimientos vinculados o puntos de venta en distintas localidades.

Conceptos a declarar

  • Información establecida en la RM nº 121-2011-TR o norma que la sustituya o modifique.
  • Retenciones del impuesto sobre la renta en la quinta categoría.
  • Cuarta categoría de retenciones del impuesto sobre la renta
  • Impuesto Extraordinario de Solidaridad sobre las remuneraciones correspondientes a los trabajadores, en los casos en que exista convenio de estabilidad
  • Aportes a Essalud, relacionados con la remuneración o ingreso que corresponda a los trabajadores independientes que se incorporen por mandato de una ley especial a ESSALUD como asegurados regulares
  • Aportes a ESSALUD para pensiones
  • Aportes a la ONP bajo el régimen del Decreto-Ley N° 19990
  • Premio al concepto de "Seguro de Vida + Accidentes"
  • Seguro Complementario de Trabajo de Riesgos contratado con ESSALUD para cubrir a los afiliados regulares de ESSALUD.
  • COSAP, creado por el artículo 4 de la Ley N° 28.046
  • Registro de Pensionados del Decreto-Ley N° 20.530, a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28.046
  • Premio por el concepto de “Asegurando tu pensión”, respecto de los afiliados obligatorios al Sistema Nacional de Pensiones que contraten el mencionado seguro
  • Retención de aportes a los trabajadores mineros, metalúrgicos y siderúrgicos cuyas actividades estén comprendidas en el ámbito de aplicación de los Decretos Supremos N° 029-89-TR y Decreto Supremo N° 164-2001-EF y sus normas modificatorias, a la Caixa Complementar de Previdência Mineira, Metalúrgica e Siderurgia, otorgada por Primera Disposición Final Complementaria del Reglamento de la Ley N° 29.741.
  • Cuotas para el fraccionamiento de los aportes de los trabajadores mineros, metalúrgicos y siderúrgicos al Fondo Complementario para el Retiro Minero, Metalúrgico y Siderúrgico, otorgados por la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29.741, aprobado por Decreto Supremo N° 006 -2012 -TR

Hay dos tipos de declaraciones:

  • Declaraciones determinantes: Así se denominan las declaraciones mediante las cuales calculas tu impuesto, las cuales pueden ser mensuales o anuales.
  • Declaraciones informativas: Son aquéllas en las que se facilita a la Administración información que determinados contribuyentes están obligados por regla, sin que se determine cantidad alguna a pagar.

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