Planilla del Nuevo Régimen Agrario

El 30 de diciembre de 2019 se hizo público el nuevo Régimen Agrario y de Seguridad Social en Perú.

Está en vigor desde enero de 2020 y ha modificado varias cuestiones de la norma anterior. Estos cambios afectan, entre otras cosas, a como se debe declarar el régimen del trabajador en las planillas de cara a el SUNAT.

Te explicamos todo lo que necesitas saber de la nueva planilla agraria para que sepas tus derechos y obligaciones como trabajador o empleador agrario.

Índice

Nueva Planilla del régimen agrario: Desglose

Estas son las medidas que se han visto afectadas con los nuevos cambios:

  • Prorroga en la vigencia de la regulación especial:El régimen especial se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2031. Antes vencía en la misma fecha del año 2021.
  • Incremento del monto de la Remuneración Diaria (RD):La remuneración diaria no puede ser inferior a S/39,19, siempre y cuando el trabajador labore más de cuatro horas diarias en promedio. Si se trabajan menos de cuatro horas, será pagado de forma proporcional.Pero hay que tener en cuenta dos cuestiones:
  1. El RD no debe ser menor que la remuneración mínima vital
  2. Los conceptos de remuneración básica, gratificaciones legales y compensación por tiempo de servicios deberán registrarse de manera independiente en nómina.
  • Incremento de días de descanso vacacional:Ahora son 30 días de calendario remunerados por año de servicio o la fracción que corresponda.Se regula mediante el Decreto Legislativo 713 – Sector Privado.Se podrían, por ejemplo, fraccionar las vacaciones en periodo menores a 7 días.
  • Incremento en el monto de la indemnización por despido arbitrario: 40 Remuneraciones diarias (RD) por cada año completo de servicios con un máximo de 360RD.Las fracciones anuales se abonan por dozavos.
  • Incremento progresivo del aporte del empleador al seguro de salud: Será el 6% de la remuneración mensual del trabajador y será sometido a reajuste de la siguiente manera:– 7% a partir del 1 de enero de 2025-8% a partir del 1 de enero de 2027-9% a partir del 1 de enero de 2029

Cálculo del sueldo de régimen agrario con las nuevas modificaciones

Cómo ya hemos visto antes, a remuneración diaria no puede ser inferior a S/39,19, siempre y cuando el trabajador labore más de cuatro horas diarias en promedio. Si se trabajan menos de cuatro horas, será pagado de forma proporcional.

Con las nuevas regulaciones los porcentajes devengados de la planilla queda así:

  • Compensación de Tiempos y Servicios (CTS): 9.72% Remuneración Básica
  • Gratificaciones: 16.66% Remuneración Básica

De esta forma, una remuneración completa diaria de S/39,19 quedaría de esta forma:

  • Remuneración Básica: S/ 31.01
  • CTS: S/ 3.01
  • Gratificaciones: S/ 5.17

Ejemplo de Planilla Agraria para la declaración del PDT PLAME

Cómo hemos visto más arriba, los conceptos deben devengarse de manera independiente, tal y cómo se muestra en la imagen.

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